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-===== TEMAS Claves sobre el Talento Humano Distrital ===== +===== Conceptos Claves sobre la Gestión Integral del Talento Humano Distrital =====
-{{ :wiki:imagth.jpg?400 |}}+
  
-**Constitución Política de Colombia**. Nociones del Empleo Público +El autor Francisco Longo, presentó un marco analítico destinado a servir como referente común para diagnosticar sistemas nacionales de Servicio Civil, producto del cual, un año más tarde, se crea la Carta Iberoamericana de la Función Pública, que a su vez fue el fundamento para la expedición de la Ley 909 de 2004.
-La referencia constitucional al empleo público se encuentra en el **artículo 122 de la Constitución Política (CP)**, al disponer que //no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente//. __Adicionalmente__**el artículo 125** dispone que el ingreso los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.+
  
-Base **Ley 909 de 2004** y normas que lo modifican. El empleo público: es el conjunto de funcionestareas responsabilidades que se asignan a una persona las competencias requeridas para llevarlas cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado(artículo 19 Ley 909 de 2004). El empleo público es el núcleo básico de la estructura de la función pública.+En este documento de diagnóstico, Francisco Longo propone un modelo constituido por los principales componentes o subsistemas de la Gestión de Recursos Humanosque funciona como un sistema interdependiente y que define en su base, la gestión de las relaciones Humanas sociales como un elemento transversal todo el sistemaA continuación, se muestra la imagen del mencionado modelo:
  
- [[https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=14861|Ley 909 de 2004]] Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones.+{{ :wiki:gestrategth.jpg?950 |}}
  
-Como se observa, **el constituyente definió unas __características del empleo__**, mientras **el legislador . artículo 19 Ley 909 de 2004**, //definió el empleo público como el núcleo básico de la estructura de la función pública//, considerando que corresponde al conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado. 
  
-**Conpes del D.C. 07 de 2019** para la aprobación de **Política Pública de Gestión Integral del Talento Humano**, cuenta con un producto denominado. 
-**La Política Pública Distrital de Gestión Integral de Talento Humano** - PPGITH. //reconoce que quienes prestan sus servicios en entidades y organismos públicos distritales, son sujetos de derechos laborales y/o contractuales y garantes de derechos ciudadanos; por ende, como sujetos de derechos requieren intervenciones concretas para promover la realización de sus proyectos de vida (constituyen un fin en sí mismos) y como garantes de derechos ciudadanos, deben acreditar competencias profesionales y éticas para el servicio a la ciudadanía//. 
  
-Armoniza además diversos instrumentos de Política Pública Distrital, entre éstas: 
-  * Políticas poblacionales como las Políticas Públicas de Juventud, para el Envejecimiento y la Vejez, para los Pueblo Rom o Gitano, Comunidad Negra, Afrocolombiana, Raizal, Palenquera, Personas con Discapacidad,  
-  * Políticas sectoriales para la garantía de los derechos de las personas de los sectores LGBTI y Mujeres y Equidad de Género,  
-  * Políticas Públicas transversales como, la Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción, de Servicio a la ciudadanía la Política Pública Integral de Derechos Humanos de Bogotá 2019-2034, la Política Pública de Ciencia, Tecnología e Innovación y las políticas públicas en proceso de aprobación como es la Política Pública de Educación Ambiental. 
  
-**Entidad Rectora a nivel Nacional temas de empleo público**: Departamento Administrativo del la Función Pública. Temas del MIPG a su cargo 
-{{ :wiki:dafp-funci.jpg?400 |}} 
-[[https://www.funcionpublica.gov.co/|DAFP]] 
  
-**Entidad Rectora a nivel Nacional temas de Carrera Administrativa y Evaluación del Desempeño**: Comisión Nacional del Servicio Civil: Artículo 130: Artículo 130. Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial. 
  
-[[https://www.cnsc.gov.co/transparencia/informacion-de-la-entidad/mision-vision-funciones-y-deberes|CNSC]]+{{ :wiki:gith_distrital.jpg?900 |}}
  
-**Entidad Rectora y Articuladora del servicio civil en Bogotá**: Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Entidad rectora y articuladora del servicio civil en Bogotá, responsable de promover y orientar técnicamente el fortalecimiento de la Gestión Integral del Talento Humano para que responda a las necesidades de la ciudadanía. 
- 
-[[https://serviciocivil.gov.co/transparencia/1.1-Mision-visi%C3%B3n-funciones-y-deberes|DASCD]] 
  
  
  
  
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